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martes, 19 de noviembre de 2013

Donde se queda la cualificación profesional del puesto de Auxiliar de Bibliotecas en Andalucía

Función Pública expone su propuesta respecto a las actuales categorías del grupo IV: Auxiliar Administrativo - Auxiliar de Instituciones Culturales. Se propone la unificación de ambas categorías bajo la denominación de Auxiliar Administrativo

Nos  parece triste pensar el desconocimiento tan grande que tiene la administración de la Junta de Andalucía sobre el trabajo que desarrolla un Auxiliar de Instituciones Culturales dentro de la Consejería de Educación,  Cultura y Deporte y la poca comunicación que existe entre las Consejerías de  la Junta de Andalucía.
Ya desde la creación de esta categoría profesional en el año 2000, los profesionales de bibliotecas sentimos preocupación al asignarse a un grupo IV  la categoría Auxiliar de Instituciones Culturales, cuando en  el resto de administraciones, dentro y fuera de Andalucía, un auxiliar de biblioteca siempre ha pertenecido a un grupo III, donde se requiere una capacitación profesional demostrada.

Varios documentos, así lo avalan:
1  1.    Propuesta de Orden de Personal, desde la Asociación Andaluza de Bibliotecarios consensuada con los sindicatos UGT y CCOO para presentar a la Consejería de Cultura, año 2007. http://www.aab.es/asuntos-profesionales/proyecto-orden-de-personal/
Artículo 2: clasificación del personal: “2.3. El personal auxiliar técnico es aquel que estando en posesión de, al menos, el título de Bachillerato o equivalente, posee una formación bibliotecaria básica”
2.      Borrador orden de 2008 de la consejería de Cultura por la que se establecen las características del personal que presta sus servicios en el Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación, (donde están incluidos los Auxiliares de Instituciones Culturales)
Articulo 4. Clasificación del personal: “ el personal auxiliar técnico es aquel que estando en posesión de, al menos, el título de Bachillerato o Técnico de Formación Profesional, posee una formación bibliotecaria y documental básica acreditada”.
Articulo 20. La Administración competente procurará la participación de los profesionales en la implantación y el diseño de la formación profesional específica a través de las asociaciones profesionales de esta materia
3.      Reglamento del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación: punto 4.2. Requisitos para la pertenencia a la Red del Sistema Andaluz de Biblioteca y Centros de Documentación. Dentro de los requisitos se exige “que exista personal suficiente y cualificado dedicado a taras técnica y de prestación de servicio, propias de un centro de documentación o biblioteca y tendrá que ser acreditado…”
4.      En el informe de CCOO de 24 de noviembre de 2008 sobre clasificación profesional, ya proponemos que Auxiliar de Instituciones Culturales  debe pasar al grupo III. Subgrupo III.a, como Técnico área Cultura.
5.      En el último informe de CCOO, propuesta modificación convenio categorías y titulaciones de 2013. Propone Técnico instituciones Culturales, grupo III.a.
           
No debemos olvidarnos de los ordenanzas de  archivos que están realizando funciones de auxiliar de instituciones culturales más las propias de su categoría, funciones reclamadas en distintas ocasiones y reconocidas por sentencias judiciales. Nunca se llegó a revisar las RPTs de Archivos y esté personal sigue en la espera de que se le reconozca su trabajo.

Pedimos que la categoría AUXILIAR DE INSTITUCIONES CULTURALES pase a grupo III y se unifique con OFICIAL DE PRIMERA. JEFES DE SALA. El día a día en el trabajo así lo confirma ya que estas dos categorías realizan las mismas funciones y en el caso de la segunda (jefe de Sala) nunca se desarrollaron sus funciones en Convenio, al entender que era una categoría a extinguir.

Debemos destacar que existe el Certificado de Profesionalidad de Prestación de Servicios Bibliotecarios: SSCB0111, aunque en Andalucía aún no se ha desarrollado,  que la Junta de Andalucía puede poner a funcionar “Itinerarios formativos” para permitir la adecuada formación en materia bibliotecarias al personal que no la cumpla para acceder a un grupo III, (recordar que tiene la Facultad de Comunicación y Documentación en la Universidad de Granada), distintos estudios de Grados y Master en distintas Universidades y Asociaciones Profesionales con implantación en toda la Comunidad Autónoma.

PERO INSISTIMOS QUE ESTA NUEVA CATEGORÍA PROFESIONAL DEBE POSEER UNA FORMACIÓN BIBLIOTECARIA Y DOCUMENTAL BÁSICA ACREDITADA, COMO ASÍ LO AVALA LOS INFORMES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Y LAS ASOCIACIONES PROFESIONALES.


3 comentarios:

  1. ¿Y que tenemos que hacer?. ¿Mandar a la Junta de Andalucía nuestros títulos, cursos y demás para que nos reconozcan la titulación y pertenencia al grupo adecuado? ¿Y el aux. de bibliotecas que ejerce las funciones de bibliotecario en las Bibliotecas de su pueblo, que puede reclamar?

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    1. A los compañeros de las bBbliotecas Municipales no os afecta este tema solamente a los compañeros de las Bibliotecas Publicas Provinciales.
      De todas maneras gracias por tu intrerés, la AAB estamos para defender la profesión y a sus profesionales

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  2. Y los que hemos trabajado como Auxiliares de Instituciones Culturales y además tenemos el Módulo de técnicos especialistas en bibliotecas ¿qué hacemos para que no nos arrinconen como está sucediendo ahora? Muchos puestos de personal laboral de instituciones culturales han sido ocupados por auxiliares admnistrativos sin el más mínimo conocimiento de lo que es una biblioteca. Eso es un desprecio a las bibliotecas y a su función como servicio público.

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